4 octubre, 2024

Ayuntamientos obligados a seguir planes de desarrollo: Octavio Pedroza

13 diciembre, 2015

OCTAVIO PEDROZA GAITÁN

México, DF.- .- Los ayuntamientos están obligados a seguir sus Planes Municipales de Desarrollo, cuyo documento debe presentarse en los primeros tres meses de su gestión, pero además deberán cumplir cabalmente, porque la gran mayoría de los casos no se sigue, y mucho menos se cumple.

Afirmó lo anterior el senador de la República y presidente de la Comisión de Desarrollo Municipal, Octavio Pedroza Gaitán, quien presentó una iniciativa de reforma al artículo 115 Constitucional, con el fin de hacer obligatorio para todos los municipios del país que sus planes sean auténticamente el instrumento que determine las acciones y políticas públicas que debe de instrumentar las administraciones municipales, y no sólo un requisito de ley.

“El Plan Municipal de Desarrollo debe ser consultado para su elaboración, revisado y calificado por los integrantes de los Ayuntamientos para su aprobación, pero principalmente debe de servir como su nombre lo indica el Plan de Acciones a realizar durante los tres años de gestión de los Gobiernos Municipales.  Hoy observamos que solo es un documento que se exige presentar, pero los Presidentes Municipales no lo siguen como su hoja de ruta para todas sus acciones y obras a ejecutar”.

El senador Pedroza dijo que la debilidad institucional de los Municipios se debe en gran medida a la improvisación, a no contar con una auténtica planeación, y que no se hace un seguimiento puntual a lo que comprende el Plan Municipal de Desarrollo.

“Casi todos los Presidentes Municipales actúan y realizan obras a su capricho y contentillo, sin seguir su carta de navegación, por eso esta iniciativa consiste en hacer vinculante la implementación de las acciones, obras y políticas públicas incluidas en el Plan Municipal de Desarrollo y no dejar a la improvisación, o peor aún a los compromisos personales de los Alcaldes toda la actuación del Gobierno Municipal.  Los Presupuestos a ejercer deben estar determinados para lo que mandata el Plan Municipal para los tres años”.

Dijo que el Plan debe incluir: diagnóstico, objetivos generales, metas, beneficios pretendidos, plazos, indicadores de gestión, mecanismos de evaluación y resultados a alcanzar.

“No existe hoy día ningún mecanismo de seguimiento y evaluación menos aún de sanción por incumplimiento de lo dispuesto en el Plan Municipal de Desarrollo. Por este motivo estamos proponiendo que en las Leyes Secundarias se establezca que sea obligatorio la integración de la comisión edilicia de seguimiento y evaluación de la implementación de este instrumento que deberá estar presidida por un integrante del cabildo de la primera minoría”.

Agregó que de esta forma se garantizará que el Plan Municipal de Desarrollo será permanente evaluado a través de indicadores para que cumpla con los objetivos, montos  asignados y metas propuestas, con lo que se evitará la improvisación y la discrecionalidad de las obras.

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