San Luis Potosí.- Las comisiones de Justicia y, Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología analiza la iniciativa presentada por el diputado Enrique Flores Flores, junto con el legislador con licencia Ricardo García Melo, para modificar el Código Penal del Estado, a fin de incorporar el delito de “Impartición Ilícita de Educación”.
Con esta modificación, se busca terminar definitivamente con la problemática social que impera por la presencia de escuelas que ofrecen cursos o estudios completos sin contar con un esquema de validez oficial, lo cual representa una acción fraudulenta en contra de los estudiantes que aspiran a contar con una certificación oficial.
De esta manera, se busca sancionar con una pena de cinco a diez años de prisión y sanción pecuniaria de mil a mil quinientos salarios mínimos a quienes presten servicios educativos sin reconocimiento de validez oficial de estudios o la autorización respectiva.
En su exposición de motivos, se indica que existe conocimiento de múltiples casos de personas que al término de sus estudios descubren que éstos no cuentan con validez oficial, y por lo tanto, no pueden aspirar a laborar en puestos de acuerdo a su perfil.
Se señala que dichas escuelas han prosperado principalmente en los niveles medio superior y superior, debido a la falta de una cobertura total en el ámbito público, y representan una competencia desleal a los centros educativos que si cumplen procesos de calidad y normatividad legal exigidos por la autoridad, convirtiendo la educación en mero negocio que obtiene ganancias fraudulentas.
El delito de “Impartición Ilícita de educación” se encuentra ya establecido en legislaciones como la del Estado de México desde 2013, y ha servido de modelo para impulsar reformas similares en el resto de las entidades federativas y ha encontrado el total respaldo de la Secretaría de Educación Pública federal.
La iniciativa propuesta indica también que la situación de trámite de la incorporación no libera de la responsabilidad a la entidad educativa, y si en este delito tuviere intervención cualquier servidor público del ámbito educativo, la pena aplicable se aumentará de una a dos terceras partes de las que le corresponda por el delito cometido y se le impondrá, además, la destitución e inhabilitación de ocho a veinte años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.